RENTA 2007
Llega la declaración de la renta más novedosa de los últimos años
Arranca una nueva campaña en la declaración de la renta. Este año con importantes novedades a raíz de la entrada en vigor de la reforma fiscal que se hizo efectiva el año pasado. A partir de mañana, viernes, día 2, comienza una nueva campaña de la renta, que en esta ocasión llega con muchas novedades que afectan de lleno a los 18 millones de contribuyentes que están obligados a declarar por las rentas del pasado ejercicio fiscal.
La reforma que entró en vigor el 1 de enero del pasado año empieza a tomar cuerpo y a mostrar su cara ahora, cuando llega el momento de hacer cuentas con Hacienda. Hasta ahora los contribuyentes sabíamos que había entrado en vigor, pero no conocíamos la forma en que nos iba a afectar. De ahí, que esta campaña adquiera una mayor importancia, ya que son muchas las novedades que afrontan los contribuyentes. Entre otras, han cambiado los límites económicos para presentar la declaración, las cuantías de las deducciones y la tributación del ahorro.
Por lo que respecta a la primera cuestión, la de los límites económicos, se establece en 22.000 euros, por ingresos de trabajo, el límite para no verse obligado a declarar. Siempre y cuando esa cifra proceda de un único pagador. En caso contrario, cuando hay varios pagadores, el límite se fija en 10.000 euros, salvo casos muy concretos en los que este se amplía hasta los mencionados 22.000.
Más límites a tener en cuenta para saber si estamos obligados a presentar la declaración de la renta o no. Si hablamos de rentas del capital mobiliario o plusvalías, 1.600 euros. Mientras que serán 1.000 euros si se trata de rentas imputadas a la posesión de inmuebles distintos a la vivienda habitual, rendimientos de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de vivienda.
Tributación del ahorro.
Una de las grandes novedades de este año, si no la que más, viene dada por la tributación del ahorro. Como ya se anunció en su momento, con la nueva ley fiscal se establece un tipo único del 18% para todos los productos de ahorro. En el caso de los dividendos se dejan exentos los primeros 1.500 euros percibidos. Y en el caso del rescate de los planes de pensiones, la nueva ley elimina la reducción del 40% para el cobro en forma de capital, pero se respetan los derechos adquiridos.
En el caso de la declaración de la renta que nos ocupa, la de este año, apenas tiene incidencia porque sólo quedan excluidas de la reducción las cantidades que se hayan invertido en el plan a partir del 1 de enero del 2007. La reforma fiscal ha supuesto un cambio importante en los límites de aportación a planes de pensiones, mutualidades, planes de previsión empresarial y seguros privados. Así, el límite para contribuyentes con 50 años o menos es del 30% de la suma de las rentas del trabajo y de actividades económicas, con un máximo de 10.000 euros. En tanto que los mayores de 50 años, pueden aportar hasta el 50% de sus rentas con un límite absoluto de 12.500 euros. En este aspecto, otra novedad es que este límite es único para la suma de aportaciones del partícipe y de la empresa en el caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones en su compañía. Ya que hasta ahora los límites eran independientes.
Deducciones Respecto a las deducciones, los principales cambios se refieren a las que se aplican por inversión en vivienda habitual, ya que se han suprimido los tipos incrementados de la deducción (del 20 y el 25%) cuando se utiliza financiación ajena para la compra de la vivienda. Siendo por tanto, la deducción general del 15%. En todo caso, se compensa a los contribuyentes que hayan comprado su casa antes del 20 de enero de 2006.
Otro dato a tener en cuenta por los contribuyentes es que el nuevo sistema fiscal ahora penaliza más a las personas con inversiones en bolsa con posiciones que vengan manteniendo desde hace muchos años. Mientras que resulta menos gravoso para aquellos contribuyentes que hubiesen optado por invertir sus ahorros en bienes inmuebles (casas, locales o plazas de garaje).
El plazo de presentación de la declaración de la renta finaliza el próximo 30 de junio, aunque si la declaración es a pagar y se domicilia el pago el último día para presentarla será el 23 de junio.

